Tribunal fija para el 23 de septiembre la lectura íntegra de la sentencia contra Adán Cáceres y coimputados
El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional ha reprogramado la lectura íntegra de la sentencia núm. 249-02-2026-SSEN-00040 para el 23 de septiembre de 2026, a las 2:00 de la tarde, en el caso que involucra a Adán Benoni Cáceres Silvestre y Juan Carlos Torres Robiou, entre otros acusados de corrupción y lavado de activos.
Detalles del proceso judicial
La decisión, comunicada a través del Auto núm. 249-02-2026-TFIJ-00052, responde a la necesidad de concluir la redacción y revisión de la sentencia, considerando la complejidad del proceso y la duración del juicio oral, que se extendió por aproximadamente 658 días. En este caso, se juzgaron a 36 acusados, de los cuales:
- 29 son personas físicas
- 7 son personas jurídicas
Además de la participación de 18 intervinientes voluntarios.
Volumen probatorio y análisis
El tribunal destacó el volumen probatorio presentado durante el juicio, que incluyó:
- 319 testimonios
- 4,081 pruebas documentales
- 146 pruebas periciales
- 114 pruebas materiales
Lo que requiere una valoración detallada en la sentencia escrita. La explicación oral del dispositivo de la sentencia tuvo una duración de aproximadamente 11 horas, y la parte dispositiva abarca 41 ordinales distribuidos en 88 páginas.
A pesar de que el tribunal ha estado trabajando en la redacción de la sentencia desde la emisión del dispositivo, aún quedan aspectos que requieren un análisis exhaustivo. Una vez finalizados estos apartados, será necesario integrar el documento completo y realizar una revisión conjunta para asegurar la coherencia y suficiencia de la motivación judicial.
Extensión del plazo y notificación
El tribunal también subrayó que la motivación de las sentencias es fundamental para garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva. Aunque el plazo legal para la redacción de la sentencia concluía el 8 de septiembre de 2026, se consideró razonable otorgar una extensión de 10 días hábiles, fijando así la lectura íntegra para el 23 de septiembre de 2026. Finalmente, se ordenó la notificación de esta decisión a todas las partes involucradas, reiterando que la lectura íntegra de la sentencia es el acto formal de notificación previsto por la normativa procesal penal.







