Tribunal Constitucional establece límites para la eliminación de noticias en medios de comunicación
El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha fijado un precedente significativo en la protección de los medios de comunicación al determinar que no se puede exigir la eliminación de información periodística de interés público de internet, a menos que se demuestre su falsedad y que haya sido obtenida de fuentes legítimas. Esta decisión fue emitida en la sentencia TC/0900/26 el 9 de septiembre.
Rechazo a la acción de hábeas data
La sentencia del Tribunal Constitucional confirma una decisión anterior que rechazó una acción de hábeas data presentada por un exdiplomático haitiano, quien solicitaba la eliminación de publicaciones periodísticas disponibles en internet desde 2019. El tribunal determinó que las publicaciones en cuestión se basaban en hechos concretos, eran de interés público y se habían obtenido de fuentes vinculadas a los acontecimientos.
El fallo benefició a la Editora Diario Libre y a Google, en el contexto de una información que indicaba que el exdiplomático había sido investigado por las autoridades en relación con el caso de César Emilio Peralta, conocido como César el Abusador. La sentencia subrayó que la información era veraz y provenía de una fuente legítima, lo que justificaba su permanencia en los archivos digitales del medio.
Verificación de la legitimidad de la fuente
El Tribunal Constitucional también reiteró que, al solicitar la eliminación o rectificación de datos negativos, el juez debe verificar la legitimidad de la fuente y la veracidad de la información. Aunque una persona puede considerar que una publicación le causa perjuicio, esto no convierte automáticamente en ilegítima una noticia que no ha sido probada como falsa.
La Constitución dominicana garantiza el derecho a buscar y difundir información veraz, al tiempo que protege el honor y la dignidad de las personas. En este caso, las publicaciones se referían a eventos de relevancia social y a una persona que ocupaba funciones públicas, lo que reforzó la decisión del tribunal de amparar la libertad de prensa.
Implicaciones de la sentencia
La sentencia TC/0900/26 es especialmente relevante en el contexto de las solicitudes para retirar información antigua de internet. El tribunal estableció que la duración de la disponibilidad de una noticia no impone una obligación de eliminación para los medios. Para que se justifique una intervención judicial, deben evaluarse las circunstancias específicas y los derechos en conflicto, especialmente la veracidad de la información y su interés público.
Este fallo no implica que los medios puedan publicar cualquier información sin consecuencias, ya que la Constitución también protege el honor y la intimidad de las personas. Sin embargo, el precedente establece que el simple alegato de perjuicio por parte de una persona no es suficiente para borrar información periodística legítima.
La decisión tiene implicaciones más amplias, ya que los archivos digitales de los medios representan una memoria de eventos de interés público. La eliminación de noticias legítimamente publicadas podría alterar el registro histórico de hechos reales. La sentencia refuerza la protección de los medios dominicanos frente a intentos de eliminar información que, aunque pueda resultar incómoda con el tiempo, es de interés público y veraz.







