Tribunal Superior Electoral reserva fallo sobre nulidad de partidos minoritarios
El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha decidido reservar el fallo en relación a la demanda de nulidad de la personería jurídica de los partidos minoritarios que no alcanzaron el 1% de los votos en las elecciones de 2024. Esta decisión se tomó tras la conclusión del análisis del expediente Núm. TSE-01-0021-2026, presentado por el Proyecto Visión Nación (PVN) y el doctor José Cristopher Ramírez contra 33 organizaciones políticas.
Detalles del fallo reservado
Los magistrados del TSE, encabezados por el juez presidente Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, otorgaron un plazo de 10 días a las partes involucradas para presentar un escrito justificativo de conclusiones. Al finalizar este plazo, el expediente quedará en fallo reservado.
Los demandantes argumentan que la Junta Central Electoral debe aplicar estrictamente el artículo 75 de la Ley núm. 33-18, que establece las consecuencias jurídicas para los partidos que no logran el porcentaje mínimo de sufragios. Por su parte, la Junta Central Electoral ha solicitado la inadmisibilidad de la demanda.
Organizaciones políticas implicadas
Entre las organizaciones políticas que fueron puestas en causa se encuentran:
- Partido Unidad Nacional (PUN)
- Partido Justicia Social (JS)
- Partido Alianza País (ALPAIS)
- y otras 30 agrupaciones.
En una audiencia anterior, el TSE declaró inadmisible una acción de amparo contra el Partido Humanista Dominicano (PHD), argumentando que existía otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos alegadamente vulnerados.
El TSE también ha concedido una prórroga para la comunicación de documentos en otro expediente relacionado con el Partido Revolucionario Moderno (PRM), fijando la próxima audiencia para el 7 de octubre de 2026.







