El Tribunal Superior Electoral Anula Resolución del PLD sobre Proceso de Elecciones
TL;DR: El Tribunal Superior Electoral anuló la resolución del PLD que adelantaba la inscripción de precandidatos presidenciales para 2028, citando violaciones de legalidad y equidad.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha anulado la resolución del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que disponía el adelanto del proceso de inscripción de precandidatos para las elecciones presidenciales de 2028. Esta decisión se formalizó mediante la sentencia núm. TSE/0011/2025, marcando un precedente en la exigencia de transparencia y apego a la normativa interna dentro de los partidos políticos.
Alcance y fundamentos de la sentencia del TSE
La sentencia del TSE anula el numeral 3 del acta núm. 3 del Comité Político del PLD, que había sido emitida el 3 de marzo de 2025. Dicha resolución establecía un proceso interno de inscripción de precandidatos con un plazo de 30 días, tomando la decisión sin cumplir las disposiciones estatutarias ni buscar consenso entre los miembros del partido. La acción de nulidad fue presentada por Eleuterio Abad Santos, acompañado por otros miembros del Comité Central y de la base partidaria, quienes argumentaron falta de legalidad, equidad y transparencia.
El TSE determinó que la resolución es nula por violar los principios de equidad, democracia interna y legalidad establecidos en la Constitución y en la Ley núm. 33-18 sobre Partidos Políticos. En virtud de este dictamen, se suspenden y anulan todas las inscripciones de precandidatos hechas bajo ese esquema, incluyendo al dirigente Francisco Javier García, quien fue el único inscrito formalmente. Asimismo, la corte rechazó de manera expresa las excepciones de inconstitucionalidad e inadmisibilidad presentadas por el equipo legal del PLD, reafirmando la legitimidad e interés del demandante. Se subraya la obligación de que los procesos internos partidarios garanticen el consenso y se rijan por la ley y los estatutos para evitar ventajas indebidas.
Aspectos clave del pronunciamiento
- Nulidad de la resolución interna: Se anula todo el proceso de inscripción de precandidatos realizado bajo la resolución impugnada.
- Suspensión de inscripciones: Ningún aspirante registrado bajo el esquema anulado podrá continuar en el proceso, incluyendo a Francisco Javier García.
- Reafirmación del marco legal: El TSE exige la observancia de la Ley núm. 33-18 y la búsqueda de consenso dentro del partido.
Contexto y repercusiones para el PLD
La decisión de adelantar el proceso interno fue adoptada por el Comité Político del PLD y generó diversas críticas y señalamientos por falta de consulta y premura. El plazo fijado y la proyección de una consulta interna en el primer trimestre de 2026 llevaron a impugnaciones formales que culminaron en la intervención del Tribunal Superior Electoral. La sentencia obliga al partido a corregir sus procedimientos y a garantizar la participación equitativa y legal de todos los posibles candidatos en sus procesos internos.
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