La DGII establece el uso exclusivo de comprobantes fiscales electrónicos para Grandes Contribuyentes Locales y Medianos a partir de noviembre
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de la República Dominicana ha anunciado que, desde el 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Locales y Medianos deberán emitir exclusivamente facturas electrónicas mediante secuencias de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) tipo “E”.
Implementación de la medida
Esta medida se implementa en cumplimiento de la Ley núm. 32-23 de Facturación Electrónica y forma parte del proceso de modernización de los sistemas tributarios en el país. Según un comunicado emitido el 26 de agosto, las secuencias de comprobantes fiscales no electrónicos tipo “B” asignadas a estos contribuyentes serán válidas únicamente hasta el 31 de octubre de 2026.
Uso de comprobantes no electrónicos
Posteriormente, los comprobantes no electrónicos solo podrán ser utilizados en situaciones de declaratoria de contingencia, conforme a lo estipulado en el capítulo IX del Reglamento núm. 587-24 de la Ley de Facturación Electrónica. La DGII también advirtió que el incumplimiento de esta disposición será considerado una infracción, lo que podría acarrear sanciones según el artículo 27 de la Ley núm. 32-23.
Avance en la facturación electrónica
Esta disposición representa un avance significativo en la transición hacia la facturación electrónica en la República Dominicana, con el objetivo de modernizar los procesos fiscales y promover la digitalización de las operaciones tributarias. Para más información, los contribuyentes pueden contactar al Centro de Contacto de la DGII.







